El Juzgado Civil de la sede MBJ Alto de la Alianza declaró infundada la demanda de Acción de Amparo presentada por la dirigente Blásida Cahuana Laura, quien buscaba dejar sin efecto la normativa municipal que prohíbe el comercio ambulatorio en el jirón La Unión. Con esta decisión, la autoridad judicial ratificó la vigencia de la condición de “zona rígida” en dicho sector del distrito, respaldando las acciones emprendidas por la comuna para el ordenamiento del espacio público.
El conflicto se originó a partir de la Ordenanza Municipal N.° 009-2020-MDAA, emitida durante la emergencia sanitaria por la COVID-19. La norma permitió el retiro de comerciantes de la vía pública y su reubicación temporal en el estadio Héroes del Alto de la Alianza, conocido como ex Maracaná. Desde entonces, la municipalidad ha sostenido que las restricciones buscan garantizar el libre tránsito y atender los reclamos de vecinos que se oponen a la instalación de ferias en las calles.
La resolución judicial representa un respaldo a las medidas de control urbano aplicadas por la Municipalidad Distrital de Alto de la Alianza y refuerza el principio de autoridad en torno al uso de los espacios públicos. El fallo también se produce en medio de una prolongada controversia entre comerciantes y autoridades locales respecto a la ubicación definitiva de los feriantes y las condiciones para el desarrollo de sus actividades económicas.
Fuente: Correo


